AGC-UAMC.MAGC.01.01.05
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1992
Parte de Acervo Granados Chapa.
- Plaza Pública sobre la Procuraduría Agraria y el nombramiento de su Procurador, fue muy sorprendente para los abogados que pese el alto contenido jurídico de las funciones del Procurador Agrario que en su reglamento no se demandaba que fuera licenciado en derecho, sino que bastara con cinco años de experiencia en cuestiones agrarias, esta modalidad ha permitido el acierto de que se nombrara como titular de esa oficina al antropólogo Arturo Warman, y aunque parezca una mala decisión en realidad no lo es, esto se confirma por que conforme el artículo 135 de la Ley Agraria, el Procurador está encargado de la defensa de los derechos de los ejidatarios, comuneros, sucesores de ejidatarios agrícolas es decir un ´procurador de pobres´ que tiene como fin de ayudar y aun representar a esas personas, así como prevenir y denunciar la violación de la legislación rural, lo cual hace a Warman idóneo al puesto por que ha dedicado su vida entera al estudio de los campesinos y a la convivencia con ellos..